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Arrendar con mascotas en Chile: qué revisar en el contrato y en el reglamento del edificio

Qué revisar antes de arrendar con perro o gato: autorización del propietario, reglamento de copropiedad, espacios comunes, daños y convivencia.

ZonaPropiedades EditorialPublicado: 12/10/2026
Persona buscando un departamento para arrendar con su mascota

Buscar arriendo con mascota requiere revisar dos niveles distintos: lo que acuerdas con el propietario en el contrato y las reglas que rigen el condominio o edificio. Que un edificio admita mascotas no significa automáticamente que cualquier propietario quiera arrendar su unidad a una persona con animales.

La Ley de Copropiedad vigente establece límites importantes a lo que puede hacer un reglamento respecto de la tenencia de mascotas dentro de las unidades, pero permite reglas sobre bienes comunes para proteger tranquilidad, seguridad, salubridad y habitabilidad.

Pregunta por mascotas antes de postular

Informarlo desde el comienzo evita perder tiempo. Indica especie, tamaño y número de animales si te lo preguntan. Si el propietario acepta, procura que el contrato sea coherente y no dependa de una conversación informal.

Revisa el reglamento de copropiedad

La Ley N° 21.442 establece que el reglamento de copropiedad no puede prohibir la tenencia de mascotas y animales de compañía por copropietarios, arrendatarios u ocupantes dentro de sus unidades. Sí puede establecer limitaciones y restricciones respecto del uso de bienes comunes para evitar perturbaciones o riesgos.

Esto hace importante revisar normas sobre ascensores, áreas comunes, limpieza, circulación y seguridad.

El propietario y el condominio son relaciones diferentes

Aunque el reglamento del edificio no pueda prohibir de forma general la tenencia dentro de la unidad en los términos de la ley, el contrato de arriendo es una relación entre propietario y arrendatario. Si existe una condición específica, conviene revisarla jurídicamente antes de asumir que una regla invalida automáticamente a la otra.

Daños y responsabilidad

Una mascota puede generar daños de la misma forma que cualquier otro uso de la vivienda. El inventario inicial, fotografías y cláusulas claras ayudan a distinguir desgaste previo de daños ocurridos durante el arriendo.

Evalúa si el lugar realmente funciona para tu mascota

  • Tamaño y distribución del departamento.
  • Terraza y seguridad de ventanas.
  • Áreas verdes cercanas.
  • Rutas de paseo.
  • Ruido y sensibilidad de vecinos.
  • Ascensor o escaleras.
  • Tiempo que el animal quedará solo.

Convivencia evita conflictos

El cumplimiento del reglamento, limpieza de espacios comunes y control de ruidos reduce problemas con vecinos y administración. Antes de mudarte, identifica los canales de comunicación del condominio y las reglas aplicables.

Preguntas frecuentes

¿Un reglamento de copropiedad puede prohibir mascotas dentro del departamento?

La Ley N° 21.442 vigente dispone que el reglamento no puede prohibir la tenencia de mascotas y animales de compañía dentro de las respectivas unidades, aunque puede establecer limitaciones respecto de bienes comunes.

¿El propietario puede preguntar si tengo mascota?

Puede ser un factor de la negociación del arriendo. Conviene informar la situación y revisar las condiciones del contrato antes de firmar.

¿Pueden cobrarme daños causados por mi mascota?

Los daños imputables al arrendatario o al uso de la vivienda pueden generar obligaciones según contrato y ley. Un inventario de entrega ayuda a establecer el estado inicial.

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Fuentes recomendadas para verificar y actualizar

Nota editorial: los requisitos, tasas, montos, impuestos y normas pueden cambiar. Antes de tomar una decisión financiera o legal, confirma la información vigente con la institución correspondiente. La Ley N° 21.442 tuvo modificaciones en 2026; confirma su versión vigente cuando actualices esta nota.

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